Samuel Moncada, el embajador de Venezuela en la Organización de Naciones Unidas (ONU), rechazó las declaraciones recientes del Gobierno de Guyana en las que afirmaba que el Consejo de Seguridad del organismo había «condenado por unanimidad» a Venezuela.
Moncada refutó la afirmación de Guyana al exhibir el documento de la ONU que exhorta a ambos países a solucionar su disputa territorial de manera pacífica de acuerdo con el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas.
“Guyana anunció en los medios internacionales, que el Consejo de Seguridad de la ONU había condenado a Venezuela por unanimidad. Aquí está la respuesta del Consejo de Seguridad sobre las relaciones Guyana-Venezuela publicada hace unos minutos”, explicó en un mensaje publicado en su cuenta X, donde adjuntó la verdadera declaración de este organismo multilateral.
En el texto, los miembros del Consejo de Seguridad de la ONU reafirmaron la importancia de proteger la soberanía y la integridad territorial, y se prohibió a cualquier parte amenazar o usar la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de otro estado.
El Consejo enfatizó la relevancia de mantener la condición de Zona de Paz en América Latina y el Caribe. En este sentido, elogió los esfuerzos regionales que llevaron a la Declaración de Paz y Diálogo de Argyle de 14 de diciembre de 2023, que, entre otras cosas, acordó que Guyana y Venezuela resolverán cualquier disputa entre ellos de conformidad con el derecho internacional, incluido el Acuerdo de Ginebra de 1966.
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Llamaron a las partes a resolver sus discrepancias de manera pacífica, para cumplir con sus deberes establecidos en el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas. Además, destacaron la relevancia de que los actores regionales colaboren en la reducción de las tensiones.
Los miembros de la ONU reafirmaron la importancia de proteger los principios de respeto de la soberanía y la integridad territorial, así como la prohibición de amenazar o utilizar la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de otro estado, tal y como se establece en el Artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas.
Fuente: Globovisión