La Suprema Corte de Justicia despenaliza el aborto en todo México

La Suprema Corte de Justicia de México ordenó la despenalización del aborto en el país al considerar que su prohibición, vigente en el Código Penal Federal (CPF) desde 1931“viola los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.

En ese contexto, la Sala Primera del máximo tribunal ordenó al Congreso de la Unión, la derogación de los artículos 330 y 334.

Estos sancionan con seis meses hasta cinco años de cárcel a la mujer que aborta voluntariamente. Además, contempla una penalización de hasta tres años de cárcel a quien practique el aborto con consentimiento de la mujer. Si se trata de personal médico, establece la suspensión en el ejercicio de la profesión.

Leer también: Aumentan las muertes por sobredosis de fentanilo en EEUU

El proceso

Si bien en la capital de México, la despenalización del aborto se aprobó hace más de 10 años, en 12 de los 32 estados del país, el aborto podía llevar a la mujer que lo practique y a su médico a enfrentar cargos criminales.

Es por ello que, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) introdujo un amparo en el que se solicitaba la inconstitucionalidad de las leyes federales que aún imponen penas de encarcelamiento en razón del aborto.

Tras la despenalización del aborto que decretó la Suprema Corte de Justicia, las mujeres en todo México podrán acceder de forma legal, segura y gratuita a un procedimiento que debe ser únicamente decisión de ellas.

Además, el personal sanitario no puede ser imputado por asistir a las personas que voluntariamente deseen poner fin a su gestación. Por su parte, el Ministerio Público no puede dar curso a denuncias por ese motivo.

Con informaciòn de: VN