El futbolista brasileño ya conoce la resolución de la Audiencia de Barcelona tras ser juzgado hace dos semanas.
La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años y medio de prisión al futbolista Dani Alves por agredir sexualmente a una joven en un lavabo de la discoteca Sutton el 30 de diciembre de 2022.
El tribunal ha comunicado la sentencia este jueves a todas las partes de la causa y al propio jugador, que ha sido trasladado de prisión para recibir la sentencia.
La Fiscalía había reclamado una condena de 9 años de cárcel para Alves y la acusación particular, que ejerce la denunciante, reclamó 12
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Ley del solo sí es sí, determinante
Dani Alves cometió la violación la noche del 30 de diciembre de 2022, cuando estaba vigente la ley del solo sí es sí que impulsó la exministra de Igualdad Irene Montero, que en marzo de 2023 se reformó en virtud de un pacto entre PSOE y PP tras la polémica por las inesperadas rebajas de condena y excarcelaciones de violadores.
En su redactado inicial la ley rebajaba a cuatro años de cárcel la pena mínima por agresión sexual, lo que ha permitido al tribunal atenuar la condena del futbolista de acuerdo con la legislación más favorable. Tras las reformas impulsadas por el PSOE, Alves habría sido condenado al menos a seis años de prisión, dado que esa vuelve a ser la mínima por agresión sexual con violencia.
Atenuante de reparación del daño
El tribunal aplica la atenuante de reparación del daño -solo como simple- por los 150.000 euros que Alves entregó al juzgado, de acuerdo con la fianza que la jueza instructora le impuso cuando lo procesó por agresión sexual. El futbolista pidió luego que se entregara esa cantidad a la víctima, sin condiciones.
Una atenuante que las acusaciones discuten, con el argumento de que no es una cantidad que el procesado entregara voluntariamente a la víctima para resarcirla por los daños causados, sino que se le fijó en fianza, bajo la advertencia de embargo. También razonan que ha beneficiado injustamente a Alves por su ventajosa capacidad económica.
No es necesaria una oposición “heroica”
La Audiencia de Barcelona parte de la premisa de que para acreditar la existencia de una agresión sexual no es preciso que se produzcan lesiones físicas ni que conste una “heroica oposición” de la víctima a mantener relaciones: la clave es el consentimiento, que puede ser revocado en cualquier momento.
En el caso de la violación cometida por Alves, la víctima sufrió lesiones en una rodilla, lo que para la Audiencia hace “más que evidente” la existencia de violencia para “forzar su voluntad” ante la falta de consentimiento: el futbolista no la dejó salir pese a que ella pedía que la dejara marchar y su actitud violenta la sumió en “angustia y terror”.
La sala argumenta que actitudes como bailar de manera insinuante o abrazarse no suponen dar “carta blanca” a cualquier abuso o agresión que se produzca con posterioridad: el consentimiento en las relaciones sexuales, no solo puede ser revocado en cualquier momento sino que también es preciso que se preste para cada una de las variedades sexuales dentro de un encuentro sexual.
La credibilidad de la víctima
La Audiencia no tiene “ninguna duda” de que la violación se perpetró empleando violencia porque tanto el relato de la víctima sobre lo ocurrido en el interior del baño, que ha sido “coherente y especialmente persistente”, como las pruebas periféricas así lo acreditan, entre ellas la lesión en la rodilla que sufrió la chica, su reacción posterior y la apresurada salida de Alves de la discoteca evitándola.
La sala reconoce que la credibilidad de la víctima se ve afectada porque han detectado algunos “déficits” entre lo que explicó que ocurrió antes de entrar al baño y lo que se ve en las imágenes de las cámaras de seguridad, aunque ello no invalida su versión sobre el “núcleo básico” de la conducta atribuida al futbolista en el interior del baño.
El consentimiento en una agresión sexual
Los magistrados dejan claro en la sentencia que “el consentimiento no solamente puede ser revocado en cualquier momento, sino que también es preciso que se preste para cada una de las variedades sexuales en un encuentro sexual y no consta que al menos en lo que se refiere a la penetración vaginal, la denunciante prestase su consentimiento, y no solo eso, sino que además el acusado sometió la voluntad de la víctima con uso de la violencia”.
“Con fuerza y acceso carnal”
En la sentencia el tribunal deja claro que considera que “el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir”.
”Con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal“, sentencia.
Las organizaciones feministas valoran la sentencia
“Si lo comparamos con el caso de ‘La Manada’, que es el que sentó un precedente, el caso de que en el centro esté el consentimiento y de que ha quedado demostrado que ella no consintió esas relaciones, creemos que es un avance del movimiento feminista“, asegura en declaraciones a Europa Press la Comisión 8M.
“Esta sentencia adquiere importancia en cuanto que entendemos que perfila los límites del consentimiento. Esta sentencia seria impensable hace unas décadas dado que la justicia venia considerando que al establecer un contacto social voluntario con el agresor este hecho presuponía consentimiento y por tanto se eximía de culpa en la mayoría de las ocasiones”, agregan desde la Alianza Contra el Borrado de Mujeres, con la precaución de que todavía no conocen los detalles del fallo.
“Se acabó la impunidad de los agresores”
La exministra de Igualdad, Irene Montero, ha destacado tras conocerse la condena al futbolista Dani Alves por agresión sexual que “España está cambiando” y que “se acabó el silencio de las mujeres y la impunidad de los agresores”.
“La sentencia contra Dani Alves establece con claridad que cometió una agresión sexual porque la víctima no consintió. Es el resultado de la lucha feminista por el derecho a la libertad sexual y por poner el consentimiento en el centro. Se acabó la impunidad. Solo sí es sí“, ha escrito en X la dirigente de Podemos. Leer noticia completa aquí.
Otro deportista más condenado por delitos sexuales
Una vez conocida la sentencia de Dani Alves, el futbolista brasileño se une a la lista de deportistas condenados por delitos sexuales, en la que ya figuraba Mike Tyson, boxeador estadounidense campeón del mundo de los pesos pesados más joven de la historia al ganar el título en 1986 con veinte años.
También fue condenado por delito sexual Robson de Souza Santos, conocido como Robinho. La justicia italiano lo condenó en noviembre de 2017 a nueve años de cárcel.
La sentencia completa de Dani Alves
El tribunal de la sección 12 de la Audiencia de Barcelona ha dado a conocer hoy la sentencia del juicio contra Dani Alves: el futbolista ha sido declarado culpable y condenado a cuatro años y seis meses de cárcel por un delito de agresión sexual.
El documento de la sentencia, que recoge todas las pruebas del proceso judicial y las conclusiones del tribunal, considera probado que Dani Alves forzó y violó a una joven de 23 años en la discoteca Sutton de Barcelona, en la noche del 30 al 31 de diciembre de 2022. Leer noticia completa aquí.
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