El Tribunal Constitucional de Perú dispuso este martes la orden de liberar de manera inmediata al expresidente peruano Alberto Fujimori. Sin embargo, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), le pidió a Perú abstenerse de liberarlo, hasta que la Corte IDH cuente con todos los elementos necesarios.
En la resolución, el presidente de la Corte IDH, Ricardo Pérez Manrique, indicó que la entidad, debe contar con todos los recursos necesarios. Esto, a fin de analizar si la decisión cumple con las condiciones establecidas en la Resolución de la Corte de 7 de abril del 2022.
“Requerir al Estado del Perú que, para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional del Perú. En donde se ordenó la ‘inmediata libertad’ de Alberto Fujimori”.
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Indulto no aplicado
Para el año 2022, la Corte IDH ordenó a Perú a no aplicar una sentencia del Tribunal Constitucional en donde se le otorgaba a Fujimori un indulto. De proceder dicha decisión iba a incumplir las sentencias del tribunal internacional en los casos La Cantuta y Barrios Altos.
Asimismo, se le pidió que investigara, juzgara y, sancionara a los responsables de las graves violaciones de los derechos humanos.
Además, las víctimas en ese momento indicaron que la liberación de Fujimori generaría un daño irreparable a los derechos de acceso a la justicia de los familiares.
Violaciones de derechos humanos
Por otra parte, la Oficina de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), señaló, que la liberación de Alberto Fujimori, sería un revés preocupante para la rendición de cuentas.
“Cualquier liberación humanitaria de los responsables de graves violaciones de derechos humanos debe ajustarse al derecho internacional”.
Con información de: VN